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En el marco de la Ley Provincial Nº
4.495/90 y su Decreto Reglamentario Nº 593/94 se habilitaron los Registros en
los que se deben inscribir obligatoriamente todas las personas físicas o
jurídicas que realicen actividades derivadas del expendio, aplicación aérea o
terrestre, transporte, almacenamiento, fraccionamiento, distribución, o toda
otra operación que implique el manejo de agroquímicos; también todos los
Ingenieros Agrónomos matriculados que asesoren a empresas comerciales y/o de
aplicación agro aérea y terrestre en el ámbito provincial
El arancel por inscripción está previsto
en la reglamentación en vigencia y ha sido actualizado mediante la Resolución
Ministerial Nº 111/06. Por ello, Dirección Servicio de Sanidad Vegetal y Calidad
Agroalimentaria cobrará en concepto de aranceles por inscripción en el Registro
de Expendio, Aplicación y Almacenamiento de Agroquímicos de la Provincia de
Corrientes la suma de $ 375 (Pesos trescientos setenta y cinco), y en concepto
de aranceles por inscripción en el Registro de Asesores Técnicos de la Provincia
de Corrientes la suma de $ 75 (Pesos setenta y cinco).
Los montos percibidos por derecho de
inscripción y actualización en los Registros habilitados deberán ser depositados
en la cuenta corriente Nº 1/01956/2 del Banco de Corrientes.
Las empresas y asesores técnicos que no
se inscriban estarán en infracción y por lo tanto serán pasibles de las
sanciones establecidas por la reglamentación vigente. Para mayores informes,
dirigirse a la Dirección de Sanidad Vegetal y Calidad Agroalimentaria del
Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo de Corrientes, San Martín 2225 de
esta capital, teléfono 03783 476038, o delegaciones del interior provincial.
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